¿Tu administrador cumple con la ley? Conocé sus obligaciones básicas
El administrador no es solo quien liquida las expensas: es el representante legal del consorcio (Art. 2065 CCyC). Su gestión en CABA está estrictamente regulada para garantizar transparencia.
Estas son sus principales obligaciones:
- Matrícula al día: Debe estar inscripto y activo en el Registro Público de Administradores de Consorcios (RPA) de la Ciudad de Buenos Aires. Su mandato dura un año y, para renovarlo, debe presentar su certificado.
- Cuentas claras: Es obligatorio depositar los fondos del edificio en una cuenta bancaria a nombre exclusivo del consorcio (Ley 3254). Además, a partir de las normativas vigentes en CABA, debe adjuntar digitalmente el Reglamento de Propiedad Horizontal y digitalizar los comprobantes de cada gasto.
- Conservación y seguridad: Debe mantener seguros los bienes comunes, contratar los seguros obligatorios y conservar el edificio en condiciones óptimas de seguridad e higiene.
Si tu administrador no cumple con estos puntos, la Ley 941 prevé sanciones económicas y suspensiones.